COVID-19

Informamos a nuestros clientes, colaboradores y amigos que, entre tanto se mantengan las medidas excepcionales acordadas mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, solo podrá acceder a nuestras oficinas el personal que desempeñe en ellas su labor profesional.

Les seguiremos atendiendo, en todo caso, a través de nuestros teléfonos, buzones y redes. No obstante les recordamos que la disposición citada «suspende e interrumpe» los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales y para los procedimientos administrativos, lo que deben tener en cuenta al considerar la urgencia de los asuntos. El cómputo se reanudará cuando expiren tales medidas o sus prórrogas.

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