Vertidos al mar

Modificación de la autorización de vertido desde tierra al mar de salmuera procedente de la estación desaladora de agua de mar de Santa Cruz de Tenerife.

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha solicitado a la Consejería de Transición Ecológica y Energía la modificación de la autorización de vertido desde tierra al mar de salmuera, procedente de la estación desaladora de agua de mar de Santa Cruz de Tenerife, localizada en el frente marítimo portuario. La evacuación de salmueras es uno de los efectos inevitables de los procesos de desalación de agua marina y el Plan Hidrológico de Tenerife, en su apartado 3.2.2.1.4, recuerda que este vertido, una vez en el medio receptor y debido a su mayor densidad, forma una capa hiperhalina que, por control topográfico, se dispersa sobre el fondo y puede afectar a los organismos allí presentes.

La modificación planteada tiene lugar mientras se tramita la ampliación de la planta desaladora, que no debería producir efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, por no incurrir en ninguno de los supuestos previstos por el Art. 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, que establece cuáles son los proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental. El acuerdo de la Comisión de Evaluación Ambiental de Tenerife sobre Ampliación de desaladora 2ª fase, de fecha 21 de mayo último, se encarga de advertir en su apartado 3.2, que «no se detecta una modificación en los caudales de vertido de salmuera entre la solución inicialmente propuesta en el proyecto evaluado ambientalmente y la contenida en el proyecto presentado. Por lo que, a priori, los cambios motivados no suponen, un incremento significativo de los vertidos a cauces públicos o al litoral de los ya evaluados en la vigente DIA».

La modificación de la autorización se tramita en expediente con referencia VM-128-TF y se somete a información pública hasta el próximo 9 de diciembre, en cumplimiento del Art. 152 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre. Si precisan cualquier clase de asesoramiento o aclaraciones en relación con éste o cualquier otro expediente administrativo, no duden en consultar con GAC Abogados.

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