RENOVACIÓN DE LOS BENEFICIOS FISCALES DEL ARCHIPIÉLAGO CANARIO

El Boletín Oficial del Estado publicó, con fecha 20 de diciembre último, el Real Decreto-ley 15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). La nueva disposición incorpora diversas modificaciones que inciden, fundamentalmente, en la regulación de la Reserva para inversiones en Canarias y de la Zona Especial Canaria, al tiempo que se introduce una deducción por inversiones en territorios de África Occidental y por gastos de propaganda y publicidad. Tendrá efectos impositivos para los ejercicios fiscales que se inician a partir de 1 de enero de 2015.

La regulación de la Zona Especial Canaria es objeto de varias modificaciones relevantes con el fin de impulsar el logro de sus objetivos primordiales: el desarrollo económico y social y la diversificación de la economía de las islas Canarias en las mejores condiciones posibles. En lo que toca a la Reserva de inversiones para Canarias, se añade la posibilidad de materializarla mediante cualquier tipo de instrumento financiero,  no solo en acciones -como hasta ahora ocurría- y la supresión de las limitaciones existentes para permitir que dicha reserva pueda materializarse en la suscripción de acciones o participaciones emitidas por las entidades de la Zona Especial Canaria.

El título correspondiente a la inversión africana se justica como estímulo para la promoción del Archipiélago, como plataforma privilegiada intercontinental, en relación, particularmente, con  el Reino de Marruecos, la República Islámica de Mauritania, la República de Senegal, la República de Gambia, la República de Guinea Bissau y la República de Cabo Verde. Al decir del organismo público consorciado que gestiona la Zona Especial Canaria (ZEC), el Archipiélago canario se posiciona, así, entre los lugares idóneos para establecer empresas cuyo objetivo sea operar con Europa, América y África.

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