LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS

WiskyEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de echar abajo la Alcohol (Minimum Pricing) (Scotland) Act 2012, la ley escocesa que –según proclamaba, buscaba controlar el consumo de alcohol entre la población local, como parte de un programa diseñado para hacer frente a un problema que, en ese país británico, reviste tintes dramáticos. Si prestamos atención a las estadísticas, se trata del octavo territorio del mundo con mayor consumo alcohólico, hasta el punto de haberse convertido en asunto de primer orden para la política local.

Esta iniciativa legal venía a establecer un precio mínimo obligatorio por unidad de graduación alcohólica PMU (1 unidad = 8 gr. de alcohol puro), incrementando de forma muy significativa el precio de esta clase de bebidas. La Scotch Whisky Association, entre otras importantes organizaciones productoras advirtió de que la medida intervencionista ponía en riesgo la sostenibilidad del sector y podía constituir una flagrante contravención de los principios que rigen el mercado único europeo.

Los productores impugnaron la aplicación de la norma y la Inner House of the Court of Session, o lo que que viene a representar el tribunal de apelación, elevó el asunto a la Jurisdicción europea, preguntando si la ley en cuestión tiene como efecto limitar la libre circulación de mercancías y, en caso afirmativo, si esta limitación podía justificarse basándose en la protección de la salud. Pues bien, en su sentencia de 23 de diciembre último (asunto C-333/14 Scotch Whisky Association y otros / Lord Advocate), la Corte Europea ha sido terminante y afirma que la normativa escocesa tiene un efecto muy restrictivo en el mercado, que podría evitarse introduciendo una medida fiscal dirigida a incrementar el precio del alcohol, en lugar de una medida que fija un precio mínimo de venta por unidad de alcohol; que la iniciativa legal impide repercutir el precio de coste inferior de los productos importados en el precio de venta y que la normativa puede, en consecuencia, obstaculizar el acceso al mercado británico de las bebidas alcohólicas procedentes de otros Estados miembros y constituye, en definitiva, un obstáculo a la libre circulación de mercancías.

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