DOBLE IMPOSICIÓN MÉXICO / ESPAÑA

MéxicoEl Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir el fraude y la evasión fiscal y su Protocolo, hecho en Madrid el 24 de julio de 1992. Este instrumento tiene por objeto adaptar el Convenio hispano-mexicano de 1992 a los sucesivos cambios que ha experimentado el modelo de Convenio de la OCDE y, de forma especial, para evitar la doble imposición en las relaciones económicas entre ciudadanos y empresas de las dos naciones hermanas.

Con este Protocolo, el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, manifiestan su interés en impulsar el vínculo económico bilateral, mejorar la cooperación en materia fiscal y cerrar las posibilidades para la no imposición o la imposición reducida, a través de la evasión o elusión fiscales, incluyendo las prácticas de uso abusivo de los Convenios de este tipo por residentes de terceros Estados. Con él se contribuirá a reforzar la seguridad jurídica y a la dinamización de los intercambios económicos bilaterales.

En el texto se da una nueva redacción a los aspectos de imposición sobre los dividendos e intereses y al tratamiento de las ganancias de capital. Se incorporan, asimismo, normas que afectan a la imposición en el sector de los hidrocarburos y se actualizan el régimen para la eliminación de la doble imposición y el intercambio de información. Se introducen, por último, previsiones sobre asistencia en la recaudación y el derecho a acogerse a los beneficios del Convenio.

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