La prensa de estos días viene publicando las sorprendentes declaraciones de Elke KÖNIG, directora ejecutiva de la Junta Única de Resolución (JUR), en las que se lamenta de la «fiesta para los abogados» en la que –dice– se ha convertido el asunto del Banco Popular. Son declaraciones, en efecto sorprendentes y aún estamos esperando la reacción, suponemos que contundente, del Consejo General de la Abogacía Española.
No esperamos que las instituciones tomen partido en el conflicto; ni lo esperamos ni lo deseamos. Pero el conflicto es inevitable, quiérase que no. Porque un número que se aproxima a los 300.000 accionistas ha visto cómo su participación en el Banco Popular, sus ahorros de siempre en muchos casos, se volatilizaron de la noche a la mañana, porque el órgano dirigido por la Sra. KÖNIG así lo decidió y porque, en aplicación de esa tan discutible decisión, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) amortizó la totalidad de las acciones ordinarias en circulación de Banco Popular. Res ipsa loquitur.
Pero esto por sí mismo no tiene especial gravedad. Lo verdaderamente grave, lo verdaderamente inaceptable es que el órgano presidido por la Sra. KÖNIG afirma haber tomado su decisión con base en un informe elaborado por Deloitte, que mantiene reservado, vale decir secreto, porque su contenido –afirma– tiene carácter confidencial. Y con ese pretexto se ha negado a darle traslado a las autoridades españolas y a los accionistas. Y ahora nos dice el Panel de Recurso que sí, que en los próximos días tendremos una edición de los aspectos no confidenciales del informe y tal vez, en un exceso impagable de generosidad, una edición no confidencial del informe. Qué aspectos no son confidenciales, nos lo dirán pronto la Sra. KÖNIG y su Panel de Recurso; los aspectos confidenciales, no los conoceremos jamás.
Desde cualquier punto de vista que se adopte, no puede concebirse la idea de que la amortización de la totalidad de las acciones ordinarias en circulación del Banco Popular pueda llevarse a cabo sin que los 300.000 propietarios de los valores negociables conozcan las razones últimas de la decisión, sin que puedan discutirlas o tomarlas al menos en consideración. Al amortizarse sus títulos, los accionistas han perdido la totalidad de los derechos políticos y económicos con respecto a la compañía de la que eran propietarios, y se les niega la posibilidad siquiera de discutir o replantear el cuadro de posibilidades a que tal despropósito les aboca. Los derechos de las partes en conflicto merecen ser defendidos, pero las garantías violadas corresponden aquí a los accionistas y los abogados debemos acudir pronto a su llamada. La anfitriona es Elke KÖNIG y nosotros nos apuntamos a la fiesta.